Autores:
Xavier Muñoz BellvehÃ
Servicios JurÃdicos:
Juegos y apuestas
El Parlamento Europeo aprobó, en fecha 10 de marzo de 2009, una Resolución sobre la Integridad de los Juegos de Azar en lÃnea en la Unión Europea (UE). La Resolución ha sido remitida a la Comisión Europea para su examen. Los principales aspectos introducidos son los siguientes:
- (i) De conformidad con el principio de subsidiariedad y con la jurisprudencia del Tribunal Europeo de Justicia, los Estados miembros tienen un interés y derecho a regular y controlar el juego en sus respectivos mercados de conformidad con sus tradiciones y culturas. El Parlamento subraya la importancia de que el Estado miembro de residencia del consumidor pueda efectivamente controlar, limitar y supervisar los servicios de juegos de azar prestados en su territorio.
- (ii) Es importante asegurarse de que los organizadores de competiciones deportivas, los operadores de apuestas y los reguladores cooperen para hacer frente a los riesgos relacionados con las apuestas ilegales y los partidos amañados. Se destaca que las apuestas deportivas son una forma de explotación comercial de las competiciones deportivas y se recomienda que los Estados miembros protejan las competiciones deportivas de cualquier uso comercial no autorizado, reconociendo un derecho a los organizadores de eventos y competiciones deportivas y garantizando una redistribución financiera justa en beneficio de todos los niveles del deporte profesional y aficionado. Se pide a la Comisión que examine si es posible otorgar a los organizadores de eventos y competiciones deportivas un derecho de propiedad intelectual (alguna forma de derecho de imagen) sobre sus competiciones.
- (iii) Los miembros del parlamento también apoyan el desarrollo de normas para los juegos de azar en lÃnea en relación con las restricciones de edad, la prohibición de crédito y sistemas de primas para proteger a jugadores vulnerables. Sugieren examinar la posibilidad de introducir una cantidad máxima que cada persona puede utilizar para las actividades de juego por mes, o de obligar a los operadores de juegos de azar en lÃnea a utilizar tarjetas de prepago para los juegos de azar en lÃnea, que serÃan vendidas en las tiendas.
- (iv) El Parlamento considera que la autorregulación en relación con la publicidad, la promoción y la prestación de los juegos en lÃnea no es efectiva y destaca la necesidad, tanto de la regulación como de la cooperación entre la industria y las autoridades. Se insta a los Estados Miembros a que cooperen a nivel de la UE a tomar medidas contra todo tipo de publicidad o comercialización agresiva por cualquier operador de juegos de azar en lÃnea, incluidos las demostraciones gratuitas de juegos.
- (v) Se determina que un código de conducta puede ser una herramienta complementaria útil para el logro de algunos objetivos públicos y privados. No obstante, considera que dicho código sigue siendo una medida de autorregulación, impulsada por el sector y que, por tanto, sólo puede servir como un complemento, pero no ser un sustituto de la legislación.
Si bien esta Resolución no es vinculante, puede tener influencia en la futura polÃtica de juegos de azar la UE o de los estados miembros. En este sentido, el desarrollo jurÃdico por parte de la UE o de forma individual por los Estados miembros de algunas de las iniciativas mencionadas puede tener un fuerte impacto en este mercado y puede suponer cambios en la estrategia de los operadores de juego online en lo que respecta al mercado de la UE.